¿Qué precauciones debo tener en cuenta a la hora de contratar los servicios de una empresa de seguridad privada?
Somos conscientes de las dudas que genera la elección de una empresa de seguridad privada ya que muchas de ellas funcionan de manera ilegal. La legislación actual establece severas penas no sólo para las agencias que no estén habilitadas sino también para quienes contratan sus servicios.
Nos permitimos sugerirle que, antes de tomar una decisión acerca de qué empresa contratar, exija la siguiente documentación:
- Habilitación para desempeñar la actividad, otorgada por la Dirección General de Seguridad Privada del Gobierno (CABA), o por la Oficina Provincial para la Gestión de Seguridad Privada (Prov. de Bs. As), según corresponda.
- Libre deuda de la Obra Social y Sindicato.
- Habilitación municipal y pago de tasas al día.
- Pólizas de Seguro de Vida Colectivo, Seguro de Responsabilidad Civil y Seguro de Accidente de trabajo, con sus pagos al día.
- Inscripción y pagos al día de I.V.A., S.U.S.S., Ganancias, Ingresos Brutos y A.R.T.
- Listado actualizado de clientes y teléfonos de contactos.
- Si el personal desempeñara tareas armado, certificado de inscripción de la empresa en la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMaC), tenencias de las armas empleadas, Credenciales de Legítimo Usuario (CLU) y portaciones para el personal asignado al servicio.
Nuestra empresa obviamente cumple con todos estos requisitos porque recuerde que con SCYTHIA usted está protegido en todo sentido.
¿Qué puede sucederme si contrato una empresa de seguridad que no reúne todos los requisitos legales?
Tanto la Dirección General de Servicios de Seguridad Privada de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como la Oficina Provincial para la Gestión de Seguridad Privada de la Provincia de Buenos Aires realizan inspecciones. Si durante una de esas inspecciones detectaran que una empresa de seguridad opera sin cumplir las normas legales vigentes aplicarán las multas previstas en la legislación actual tanto para la agencia de seguridad que no está habilitada como para quien la contrató.
Por otro lado, se le exige a las empresas de seguridad contar con una aseguradora de riesgos de trabajo (ART) y que su personal posea un seguro de vida y un seguro de responsabilidad civil que, ya que en caso de no contar con ellos, si el personal sufriera un accidente o cometiera un delito en el ejercicio de su función, quien contrató el servicio deberá responder legal y económicamente.
Finalmente, el cliente también deberá responder, laboral y previsionalmente, en caso de falta de pagos de salarios, aportes y contribuciones sociales de parte de la empresa a sus empleados.